Asesoría Contable y llevanza de la contabilidad: Elaboración en nuestro despacho de los estado contables de la empresa así como, en caso de tener departamento de contabilidad, asesorar, organizar y resolver cuestiones en materia contable.
Contabilidad desde el propio despacho
- En el caso de Pymes, el externarlizar la llevanza y soporte de la documentación contable, así como el mantenimiento de libros sociales y contables, supone un ahorro de dinero y tiempo; ahorro en personal, en equipos y programas informáicos.
- Elaboración propia de libro anuales digializados y cuentas anuales en base a los registro contables elaborados por el propio despacho: contabilización de las facturas,b movimientos bancarios y demás documentación proporcionada por el cliente.
- Mantenimiento de libros sociales : libros de actas y libros de socios.
- Elaboración y depósitos en su correspondiente Registro Mercantil, de las cuentas anuales.
- Elaboración de los libros oficiales y presentación telemática de los mismos en su correspondiente Registro Mercantil.
- La confección por el propio despacho de los estados contables de nuestras empresas, siempre son en base a las facturas y demás documentación proporcionada por el cliente.
Si tu empresa dispone de medio propios para la elaboración de la contabilidad
Desde nuestro despacho, ponemos a tu disposición profesionales en constante formación que te dan apoyo y asesoramiento. En el día a dia de la empresa, el departamento de contabilidad se encuentra con todo tipo de situaciones, que no estamos seguros de como contabilizar, sobre todo, en estos tiempos de cambios continuos. En este despacho siempre encontrarás respuesta de nuestros profesionales.
¿Cuáles son los libros a legalizar en el Registro Mercantil?
- LIBRO DIARIO: con sus hojas numeradas, con asientos numerados y por orden de fechas
- LIBRO INVERTARIOS – CUENTAS ANUALES: Balances de sumas y saldos, Balance de situación al 31 de Diciembre de cada año, Cuenta de resultados y Memoria.
- LIBRO DE SOCIOS Y ACTAS – actas del ejercicio y movimientos de socios.
¿Dónde se legalizan?
En el Registro Mercantil que le corresponda, esto es, el Registro Mercantil correspondiente con el domicilio social de la entidad.
¿Cuál es el plazo para legalizar los Libros Contables?
Son dentro de los cuatro meses siguientes al cierre del ejercicio; por tanto, si corresponde con el ejercicio natural, esto es, del 1 de Enero al 31 de Diciembre, tendremos de plazo hasta el 30 de ABRIL.
¿Quién está obligado a legalizar Libros Contables?
Los Sujetos Pasivos del Impuesto sobre sociedades.
¿En que tipo de soporte se presentan los libros?
Únicamente se presentarán libros por vía TELEMÁTICA.
¿Tienen recargo los Libros presentados fuera de los plazos legales?
Por parte del Registro Mercantil no conlleva ninguna sanción, pero hay que hacerlo constar en la diligencia de legalización. Según la Ley General tributaria, junto con la documentación que da soporte y justifica los mismos, se deben conservar durante cuatro años. Sin embargo, el Código de Comercio exige que los libros y justificantes relativos a la actividad económica, se deben conservar durante seis años.


